Cada pocas semanas me llega el mismo caso: un propietario ya tiene el piso listo para alquilar, ha quedado con el inquilino, y en el último momento se entera de que no puede firmar porque le falta el certificado energético para alquilar. No es un trámite menor ni un papel de relleno. Desde 2013 es obligatorio para alquilar en España, y en la práctica condiciona la fecha en la que puedes empezar a cobrar la renta.

El certificado energético para alquilar debe estar disponible antes de publicar el anuncio del inmueble, no solo antes de firmar el contrato. Muchos portales inmobiliarios ya exigen indicar la calificación energética para permitir la publicación.

¿Por qué te lo piden antes incluso de publicar el anuncio?

El Real Decreto 235/2013 obliga a que cualquier vivienda que se ponga en alquiler cuente con un certificado de eficiencia energética en vigor, emitido por un técnico homologado —arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero con competencia para ello—. La calificación energética, la letra que va de la A a la G, debe figurar en la publicidad del inmueble desde el primer anuncio, y una copia del certificado debe entregarse al inquilino antes de firmar.

En la práctica, esto significa que el certificado energético para alquilar no es el último trámite antes de la firma: es de los primeros que hay que resolver, porque sin él no puedes ni anunciar correctamente la vivienda.

Qué pasa si alquilas sin certificado energético

La Ley 8/2013, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, establece un régimen sancionador para quien incumple esta obligación. Las multas se clasifican en tres niveles según la gravedad de la infracción:

Las comunidades autónomas son las encargadas de vigilar y sancionar. En la práctica no todas las infracciones se persiguen de oficio, pero el inquilino tiene derecho a denunciar si el propietario no le entrega el documento, y eso puede complicar la relación desde el primer día.

Cuánto dura el certificado y cuándo hay que renovarlo

El certificado energético tiene una vigencia de diez años, salvo que la calificación obtenida sea la G, en cuyo caso el plazo se reduce a cinco. Si tu vivienda ya tuvo un certificado hace años, lo primero que reviso al hablar con un propietario es si sigue en vigor: no es raro encontrar certificados caducados de contratos de alquiler anteriores, y renovar uno caducado es exactamente el mismo proceso que sacarlo por primera vez.

Si has hecho una reforma que cambia el aislamiento, la caldera o las ventanas desde la última certificación, merece la pena actualizarlo aunque todavía esté en vigor: una mejor calificación energética también es un argumento de venta frente a otros anuncios.

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Casos en los que no hace falta el certificado

La normativa contempla algunas excepciones, aunque son más limitadas de lo que muchos propietarios creen:

Fuera de estos supuestos concretos, incluido el alquiler por habitaciones bajo la LAU —donde se exige el certificado de la vivienda completa, no uno por habitación—, el certificado energético para alquilar es obligatorio.

Un caso real: el alquiler que se retrasó tres semanas

Hace poco me llamó una propietaria que ya tenía inquilino interesado y fecha de firma acordada con la inmobiliaria. Cuando fueron a formalizar el contrato, la gestoría les pidió el certificado energético para alquilar y no lo tenían: el piso llevaba años sin alquilarse y nunca se había certificado. El inquilino, que necesitaba mudarse en una fecha concreta por trabajo, estuvo a punto de echarse atrás.

Conseguimos hacer la visita técnica esa misma semana y entregar el certificado energético para alquilar en cuatro días, pero el contrato se retrasó igualmente porque hubo que rehacer el anuncio y volver a coordinar la firma. Ese tiempo, y esa tensión con el inquilino, se evita pidiendo el certificado en cuanto decides poner la vivienda en alquiler, no cuando ya tienes el contrato sobre la mesa.

Preguntas frecuentes sobre el certificado energético para alquilar

¿Quién debe encargar el certificado energético, el propietario o el inquilino?

Siempre es responsabilidad del propietario. Es quien debe contratar al técnico, pagar el trámite y registrar el certificado ante el organismo autonómico correspondiente antes de anunciar o alquilar la vivienda.

¿Puedo usar el mismo certificado energético para alquilar para varios inquilinos sucesivos?

Sí. Mientras el certificado esté en vigor y registrado, sirve para todos los alquileres que se firmen sobre esa vivienda durante ese periodo, sin necesidad de repetir el trámite en cada cambio de inquilino.

¿El certificado energético para alquilar es lo mismo que la cédula de habitabilidad?

No. El certificado energético mide el consumo y la eficiencia del inmueble; la cédula de habitabilidad acredita que la vivienda reúne condiciones mínimas para ser habitada. Son documentos distintos, exigidos por normativas diferentes, y en algunas comunidades se piden ambos.

¿En Madrid hay que pagar tasas para registrar el certificado?

No. La Comunidad de Madrid es una de las regiones donde el registro del certificado energético es gratuito, a diferencia de otras autonomías donde sí existen tasas administrativas.

¿Cuánto tarda el proceso completo, desde que pido cita hasta que tengo el certificado energético para alquilar en la mano?

En condiciones normales, entre 3 y 5 días hábiles desde la visita técnica hasta la entrega del certificado energético para alquilar registrado. Si necesitas urgencia porque ya tienes fecha de firma cerrada, dínoslo al pedir cita y ajustamos los plazos.

Si vas a alquilar, pide el certificado antes de publicar el anuncio

El certificado energético no es un trámite que se pueda dejar para el final. Pedirlo en cuanto decides alquilar te evita retrasos, te permite anunciar la vivienda correctamente desde el primer día y te ahorra la incomodidad de negociar con un inquilino que ya tiene fecha de mudanza. Si necesitas tramitarlo en Madrid, contacta con nosotros y coordinamos la visita esta misma semana.

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